domingo, 1 de septiembre de 2013

LA ATLÁNTIDA Y TARTESSOS



¿Existió en la realidad la Atlántida en el sur de la península ibérica o es producto de la imaginación de algunos autores de la antigüedad?. De existir, ¿tuvo alguna vinculación con Tartessos?.

La primera referencia sobre la Atlántida nos la proporcionó Platón en textos de sus diálogos el Timeo y el Critias. En ellos, Critias,  discípulo de Sócrates, cuenta una historia que de niño escuchó de su abuelo y que éste, a su vez, supo de Solón, el venerado legislador ateniense, a quien se la habían contado sacerdotes egipcios. La historia se remonta en el tiempo a nueve mil años antes de la época de Solón y narra cómo los atenienses detuvieron el avance del imperio de los atlantes, belicosos habitantes de una gran isla llamada Atlántida, situada más allá de las Columnas de Hércules y que, al poco tiempo de la victoria ateniense, desapareció en el mar a causa de un violento terremoto y de un gran diluvio, cuando los dioses decidieron castigar a los atlantes por su soberbia.
Los datos históricos nos dicen que la última gran glaciación comenzó hace unos 40.000 años y se  prolongó hasta hace unos 11.000 años, en que comenzó el deshielo y con él, se sucedieron grandes inundaciones, llegando a subir el nivel del mar casi cien metros. Platón, sin conocer esos datos fechó la desaparición de la Atlántida bajo el agua sobre esas fechas.

El escritor inglés Murry Hope, que gozaba de portentosas facultades psíquicas que asombraron a los científicos de su época, insistió en sus libros que la civilización minoica nació de la enseñanza de los atlantes que colonizaron el Egeo; así como que Tartessos era una colonia de la Atlántida, cuando no parte integrante de ella como postreros sucesores. 
Esta conexión entre la Atlántida y Tartessos viene reforzada por el mito de las Columnas de Hércules (mencionadas por Platón en sus diálogos), situadas en el estrecho de Gibraltar y que señalaban el límite del mundo conocido, la última frontera para los antiguos navegantes del Mediterráneo. Bajo el lema Non terrae plus ultra los romanos asignaban el confín del continente, que si bien se asoció a Finisterre, también simbolizaba el estrecho de Gibraltar. Si esas columnas existieron no se ha podido demostrar, pero lo cierto es que están incorporadas al escudo de España y a algunos escudos regionales.
La leyenda de las columnas enlaza directamente con la existencia del reino de Tartessos, cuyo primer rey mitológico fue Gerión fue hijo de Crisaor y de Callirhöe. Crisaor, el caballero de la falcata de oro, tiene un curioso origen. Cuando Perseo cortó con su hoz la cabeza a la Medusa, nacieron de ella Crisaor y Pegaso, ni más ni menos. El linaje de la madre tampoco desmerecía. Callirhöe, la doncella de la cabellera flotante, era hija del titán Océano. Gerión saltó a la fama gracias a sus toros. Hércules, el héroe, recibió el trabajo de robar los toros a Gerión y llevarlos hasta Micenas. Para ello tuvo que traspasar las columnas tartésicas que separaban el Mediterráneo del Atlántico —el actual Estrecho de Gibraltar— y llegar hasta la isla en la que pastaban los toros, venciendo al oleaje que el dios Océano le organizó para dificultar su misión y ayudar así a su nieto Gerión. Pero todo fue inútil. Hércules mató a todo el que se le puso por delante, y logró finalmente robar los toros, tras atravesar con su lanza los tres cuerpos de Gerión, causándole la muerte.

La existencia de la Civilización de Tartessos está perfectamente documentada, lo que no es seguro que existiera una ciudad llamada Tartessos y no ha sido hallada ninguna que pueda ser identificada como tal.  Uno de los principales yacimientos que nos quedan de aquella civilización es Cancho Roano, situado en Zalamea de la Serena, un complejo monumental orientado hacia el sol naciente del que se desconoce si era palacio, mercado, lugar de culto o santuario funerario o incluso se trataba de un gran complejo que cumplía diferentes funciones. Lo que si se conoce es que fue construido sobre el siglo VI a.C., desapareciendo a finales del siglo V a.C.

Su estructura evidencia la influencia oriental sobre Tartessos: patio delantero con torres en las alas de tipo migdal, escalera lateral, sala transversal, habitaciones con cámara y antecámara, espacio central, almacenes, segunda planta destinada a almacén y vivienda, trazado geométrico, uso de adobe, pseudoortostatos y, muy probablemente, cubierta aterrazada. Estas fórmulas arquitectónicas parecen derivar de los palacios norsirios de inicios del I milenio a. C.

Espacio sagrado dentro del yacimiento tartésico de Cancho Roano.

          Supongo que este artículo no os habrá resulto las dudas, pero espero que al menos haya despertado vuestra imaginación y que por unos minutos vuestra mente haya volado hasta la protohistoria peninsular.

           Si queréis ahondar más en el mito de la Atlantida y su relación con Tartessos os recomiendo la novela El librero de la Atlántida,  de Manuel Pimentel, un apasionante relato que hay que leer por dos razones fundamentales: porque enlaza de forma magistral el episodio de la destrucción de la Atlántida con varias historias paralelas en el mundo actual, y porque su autor fue Ministro de Trabajo y  Asuntos Sociales desde el 18 de enero de 1999 hasta el 19 de febrero de 2000, dimitiendo de su cargo, siendo alabada su labor tanto por sindicatos como empresarios, que lamentaron esa dimisión. Posteriormente, el 23 de marzo de 2003 anunció en un artículo periodístico su abandono de la cúpula del Partido Popular, debido a las discrepancias con la dirección del partido por la decisión de participar en la guerra de Irak. Tras su abandono de la política creó dos editoriales y escribió varias obras, tanto novelas como relatos y ensayos, lo que demuestra que algunos saben poner por delante lo verdaderamente importante y personas así merecen ser leídas.


jueves, 1 de agosto de 2013

USURA



El  principio de la conservación de la energía dice que La energía ni se crea ni se destruye solo se transforma. Esa es una verdad impuesta por las leyes de la naturaleza y por tanto, es inmutable; pero en los últimos años se ha impuesto un nuevo principio simular a Éste que dice que El dinero ni se crea ni se destruye solo cambia de manos.  En este caso el principio no lo impone la naturaleza, sino los mercados. ¿Y quién son los mercados?. No se sabe muy bien, pero lo único cierto es que los dirigen fuerzas ocultas que disponen que cuanto más se arruinan algunos, otros crecen su fortuna en proporción geométrica, lo que se ha acentuado en estos tiempos de crisis.

Un primer ejemplo de ese enriquecimiento injusto lo tenemos con la usura.  El diccionario en una de sus acepciones define usura como el interés excesivo en un préstamo. ¿Y qué interés es excesivo?. La respuesta la tenemos en la ley de represión de la usura, promulgada el 23 de julio de 1908,  que en su artículo 1 dice que Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.

No se nos escapa la plena vigencia en estos tiempos de esta norma, porque nuestros legisladores no han sido capaces de dictar otra mejor en más de 100 años y por su forma abierta que puede permanecer a lo largo del tiempo. ¿Qué interés es notablemente superior al normal del dinero?. No hace falta ser un Séneca para poder afirmar que esos intereses que nos ofrencen empresas de préstamos rápidos, con tipos que superan el 20% se ajustan bien a esta definición, pero es que los préstamos personales que ofrecen las entidades bancarias, con tipos de interés cercanos al 10%, no son muy apropiados, si tenemos en cuenta que el precio del dinero fijado por el Banco Central Europeo ronda el 0,5%.

Según el diccionario, también se puede considerar usura, la ganancia, fruto, utilidad o aumento que se saca de una cosa, especialmente cuando se puede considerar excesivo. Esta definición encaja perfectamente con los negocios de compro oro que han proliferado en los últimos años.  Actualmente un gramo de oro de 24 kilates cotiza a más de 32 €. Pues bien, ese gramo de oro, con las mejores ofertas que figuran en Internet lo podríamos vender a 26 €; lo que supone más de 6 € de beneficio para el comprador por cada gramo. (en una esclava que pesara 20 gr el beneficio sería de 120 €, cifra que yo no gano todos los días) Pero tampoco debemos olvidar aquí parte de la definición que citamos anteriormente, cuando consideraba leonino el préstamo que ha sido aceptado a causa de la situación angustiosa del prestatario. ¿Alguien puede dudar que si una familia se desprende la esclava del bautizo o la cadena de la primera comunión de sus hijos es debido casi siempre a una situación límite?

Oro nativo en el Museo Geominero de España, a salvo de los negocios usureros.

La crisis económica que sobrevino tras la disolución de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas llevó a muchas familias a la ruina y a unos pocos a hacerse multimillonarios, hasta tal punto que alguno llegó a comprar equipos de fútbol punteros a nivel europeo. Seguramente en España se esté dando ahora una situación similar, en la que algunos saldrán muy enriquecidos a costa de la miseria de los demás: A río revuelto, ganancia de pescadores.


lunes, 1 de julio de 2013

CICLISTAS Y SEGURIDAD VIAL



A menudo en mis viajes me encuentro con ciclistas y he tenido todo tipo de experiencias, algunas agradables, otras indignantes y algunas, afortunadamente las menos, que me han dado un susto de muerte.

Hace unos días viajé al norte de la provincia de Guadalajara para conquistar la cima de La Cebosa y en el viaje de vuelta, circulando por una estrecha carretera de montaña se produjo uno del los más bonitos episodios que me han sucedido con ciclistas; ya que al aproximarme a dos de ellos, que circulaban uno detrás del otro, el que iba detrás dio una voz al primero, amorillándose ambos al lado derecho de la calzada, haciéndome una señal con el brazo para que pasara; lo que hice con mucha precaución, atento a que no vinieran vehículos de frente y respetando una separación prudencial con los ciclistas.

Quería relatar primero este encuentro agradable, pero ahora pasaré a uno de los calificados como indignantes; que me sucedió hace meses, en mi viaje a Mallorca, en el que circulando por una carretera con arcén me encontré con un grupo de unos veinte ciclistas que circulaban ocupando más de la mitad del carril derecho, sin circular ninguno de ellos por el arcén, habiendo tráfico denso en sentido contrario, lo que impedía el adelantamiento. Lógicamente, accioné el claxon para que se apartaran, pero no me hicieron ningún caso, teniendo que circular tras ellos más de cinco minutos, a la espera de poder adelantarles. Tengo que reseñar que no se trataba de ninguna prueba ciclista señalizada como tal.

La carretera de Sa Calobra, en Mallorca, es estrecha, tortuosa y muy utilizada por ciclistas.

En ese mismo viaje a Mallorca se produjo uno de los peores encuentros con ciclistas que he tenido en mi vida y que, afortunadamente,  no tuvo consecuencias gracias a que yo circulaba a una velocidad prudente y a que los frenos de mi coche funcionan perfectamente. Ese día viajaba feliz después de haber tocado el cielo desde la cima del Puig Mayor, techo de las islas Baleares, por un tramo ascendente de una carretera de montaña cuando, de repente, en una curva me salió un ciclista invadiendo ostensiblemente el carril izquierdo de la calzada, accionando yo inmediatamente el freno, deteniéndose mi vehículo casi de inmediato, lo que le permitió al ciclista esquivarme y reincorporarse a su carril, sin llegar a colisionar por escasos centímetros.

A mi me gustaría que en todas las ocasiones, conductores de turismos y de bicicletas utilizáramos las vías públicas con sentido común, evitando abusos que solo pueden conducir a accidentes en los que el ciclista seguramente se lleve la peor parte. Por ello, voy a hacer una breve mención a la vigente normativa de tráfico referida a la circulación de ciclistas.

El vigente Reglamento General de Circulación, en su artículo 36.1 contempla que los conductores de ciclos o vehículos en seguimiento de ciclistas, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada, circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de éstos, y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada. La parte imprescindible de la calzada, no todo el ancho de ella.
En los descensos prolongados con curvas, cuando razones de seguridad lo permitan, los conductores de bicicletas podrán abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada que necesiten.Ver jurisprudencia Lo que nunca pueden hacer es invadir el sentido contrario.
El punto 2 del mismo artículo autoriza a las bicicletas a circular en posición paralela, que podrán hacerlo en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico. En las autovías sólo podrán circular por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso. Lo que no está autorizado es que circulen en pelotón, constituyendo un obstáculo para el resto de vehículos.
El artículo 64 recoge la prioridad de paso de los ciclistas respecto a los vehículos de motor cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados; cuando  para entrar en otra vía el vehículo de motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, y haya un ciclista en sus proximidades, y finalmente cuando circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta. Lo que no contempla ninguna norma es que los ciclistas puedan cruzar una calzada por un paso de peatones, pretendiendo tener prioridad como si fueran a pie (lo que si sucedería si se apean de la bicicleta y la llevan de la mano).  Esta última observación sería muy recomendable que los padres se la transmitieran a sus hijos, ya que es muy frecuente que los jóvenes cometan esa infracción de tráfico que supone cruzar una calzada por un paso de peatones sin apearse de la bicicleta.
En relación a lo anterior, debemos citar el artículo 121.4 que prohíbe la circulación de los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de éstas que les estén especialmente destinadas, y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas.Ver jurisprudencia
El punto 5 de ese mismo artículo dispone que la circulación de toda clase de vehículos (entre los que se incluyen las bicicletas) en ningún caso deberá efectuarse por las aceras y demás zonas peatonales.Ver jurisprudencia Creo la circulación de niños pequeños bajo la estricta vigilancia de personas mayores con bicicletas de pequeño tamaño, a paso de persona, puede considerarse incluida en el apartado anterior; pero en ningún caso se debe tolerar la circulación de adolescentes en bicicleta a gran velocidad por las aceras y zonas peatonales, poniendo en peligro su propia integridad física y la de los peatones.


sábado, 1 de junio de 2013

NO OS PREOCUPÉIS TANTO POR MÍ



   Hace pocos días leí una noticia preocupante, y era que la agencia francesa Metéo anunciaba que este año no habrá verano. Mi miedo no es, como os podéis imaginar, que no venga el verano, porque como ya dice nuestro sabio refranero: El verano no se lo come el lobo, ni el invierno tampoco. Lo que me causa pavor es que estas noticias suelen surgir de forma interesada para acabar sacando los cuartos a los esquilmados bolsillos de los ciudadanos.

   La prueba más evidente, la tenemos con la emisión de un documental que hablaba sobre el supuesto cambio climático titulado Una verdad incómoda, presentado por un exvicepresidente de los Estados Unidos (para quien no sepa cual ha sido anteriormente la contribución de esta persona para luchar contra el calentamiento global, fue que su gobierno se negó a firmar el Protocolo de Kioto que, entre otras medidas, preconizaba una disminución en las emisiones de dióxido de carbono).

   Pero lo más grave no es que esta persona apareciera como salvador de la humanidad, sino que algunos gobiernos, entre otros el español, aprovecharon la coyuntura para alarmar sobre la situación y establecer una serie de medidas que gravan el bolsillo de los ciudadanos, como por ejemplo la limitación de acceso al centro de algunas ciudades de vehículos antiguos. ¿No será que con la escusa de diminuir las emisiones de gases se quiere paliar la disminución de las ventas de coches en los últimos tiempos, motivada por la crisis económica?

Esta foto fue tomada en la sierra de Gredos y demuestra que la nieve está donde se la espera
a finales de mayo (en la cumbre de La Mira, por encima de los 2 000 m de altitud).

   Hablando de coches. Esa preocupación por la salud de la población, sobre todo centrada en la salud del bolsillo de los ciudadanos, tiene su punto máximo en las continuas campañas de la Dirección General de Tráfico, según ellos,  para intentar bajar los accidentes de tráfico, lo que es un objetivo loable; pero cuando esas campañas se centran en llenar las carreteras de cámaras fijas que echan fotos que luego te venden por termino medio a 300 € (150 € si no recurres y pagas pronto) empezamos preguntarnos si no habrá gato encerrado; sobre todo cuando comprobamos que esos controles de velocidad por su seguridad, como rezan los cárteles anunciadores, muchas veces no están colocados en zonas peligrosas, como sería lógico pensar, sino en otras que es más fácil sorprender a un conductor incauto.

   El colmo de la tomadura de pelo está con el reciclaje de basuras. Resulta que nos han colocado en todas las ciudades unos contenedores de distintos colores para que, cómo ciudadanos responsables, clasifiquemos en nuestra casa la basura en tres bolsas distintas y luego las arrojemos al contenedor correspondiente y así contribuir a la mejora del medio ambiente. Que conste que esta medida me parecería positiva si llevara aparejada, debido a esa colaboración ciudadana que abarata los costes de la recogida y tratamiento de las basuras a los ayuntamientos, una reducción de los impuestos municipales; pues todo lo contrario: en muchas ciudades, como en la que resido (Toledo), se han sacado de la manga un impuesto nuevo que grava la recogida de basuras, cuando ese gravamen ya estaba recogido dentro del impuesto de bienes inmuebles.  

   El problema no está solamente en esa doble contribución, sino que, como he podido leer en la página web de una organización ecologista, el contenedor amarillo que llena nuestras calles es un gran engaño a los ciudadanos, que ilusos creen que reciclan sus envases al depositarlos dicho recipiente. Lo que la publicidad municipal no dice es que gran parte de esos envases terminan incinerados en cementeras o en otras industrias.

   Lo dicho. Desde aquí hago una petición formal a las distintas administraciones para que, por favor, no se preocupen tanto por mí, que ya intentaré cuidarme yo solo.


miércoles, 1 de mayo de 2013

SI LA MONTAÑA NO QUIERE, NO SALES VIVO DE ELLA



Hace algún tiempo escuché a un miembro del Grupo de Rescate e Intervención en Montaña de la Guardia Civil decir en un programa televisivo una frase que se me quedó grabada: Si la montaña no quiere, no sales vivo de ella. Por aquel entonces ya tenía yo alguna experiencia al respecto, lo que me permitió comprender lo acertado de dicha afirmación en toda su amplitud.

No hace falta haber viajado al Himalaya ni intentado escalar el Chomolungma para ser consciente de los peligros que se arrostran al intentar conquistar una montaña. Si las condiciones meteorológicas son adversas, basta una cima de 1 500 m de altitud para comprender que nos adentramos en un mundo muy por encima de las posibilidades humanas, en las que se pierde la completa seguridad  sobre el desarrollo de nuestras acciones, para ponernos en manos del azar, si bien es cierto que, dependiendo de nuestra experiencia, se puede aminorar el riesgo al que nos exponemos, aunque nunca eliminar por completo.

No conozco a nadie que no le guste ver un paisaje nevado; pero algunos afortunados, entre los que me cuento, hemos tenido el privilegio caminar sobre el níveo elemento en altura, disfrutando de unas vistas inigualables de todo el entorno; pero esa nieve se convierte en un factor de peligro, sobre todo cuando aparece en forma de hielo o, peor aún, si es nieve no suficientemente afirmada. Hace pocos días, una amiga montañera me dijo: Con nieve no hay montaña fácil, y no puedo estar más de acuerdo con su apreciación, porque puedes haber realizado una ruta varias veces hasta conocer al detalle cada punto del recorrido, pero como aparezca la nieve, el riesgo de sufrir un accidente siempre estará presente, multiplicándose exponencialmente si la nevada está acompañada de niebla o, peor aún, de viento.

Último tramo de ascensión hasta La Cebosa nevada.

 Como aficionado a la astronomía, he leído que los planetas ejercen una fuerza gravitatoria unos sobre otros, y que a mayor masa de los planetas, mayor atracción gravitatoria entre ellos. La fuerza de la gravedad se calcula según la ley de gravitación universal que formulara Isaac Newton,  que predice que la fuerza ejercida entre dos cuerpos es proporcional al producto de sus masas e inversamente proporcional al cuadrado de la distancia que les separa. Puede ser que lo que los montañeros consideramos mágica atracción de las montañas hacia nosotros sea simplemente ley física, ya que a medida que nos acercamos a la inmensa masa de la montaña, su fuerza gravitatoria nos atrae cada vez más, hasta el punto de crear en nosotros un incontenible deseo de fundirnos con ella.

Esa irrefrenable fuerza gravitatoria solo puede ser modulada por el sentido común, o en caso de que falle, como suele ser frecuente, por el recuerdo de algún palo; porque pese a lo que nos intenten hacer creer en esta sociedad avanzada, arruinada y sin valores del siglo XXI, lo que se aprende a palos es lo que deja una huella indeleble en nosotros. No hay nada mejor que el recuerdo de una experiencia accidentada en la montaña para que al vernos en una situación similar, una voz interior nos diga ¿pero que coño haces aquí?, y nos guíe a retroceder. Claro, que para consumar esa retirada, se requiere que la montaña sea cómplice y nos dé un aviso, porque como ya dije al principio de este artículo, si la montaña no quiere, no salimos vivos de allí.

El caso concreto que me ha llevado a escribir esta reflexión sucedió en una montaña que apenas supera los 2 000 metros de altitud, situada en la provincia de Guadalajara, a escasos 3 km de distancia de los dos gigantes regionales: el pico del Lobo al norte y el pico Cerrón al oeste. Una ruta que en tiempo veraniego no pasaría de ser un cómodo paseo con un mínimo esfuerzo por recorrer algo más de 12 km, superando un desnivel acumulado de unos 800 m; se convierte, en razón de la nieve acumulada en las proximidades de la cima, en una peligrosa ascensión con nieve poco afirmada, lo que genera un alto riesgo de despeñarse, sobre todo si se afrontan los últimos metros hacia la cumbre. En mi caso, intentando superar ese tramo, me falló el agarre del pie izquierdo, con la suerte de que el crampón colocado en el pie derecho se mantuvo firme, así como el seguro que suponía el piolet clavado en la nieve.

Mirando la cima tras desisitir en intentar alcanzarla.

 En otros tiempos quizá hubiera intentado continuar, pero el recuerdo de sucesos pasados me invitó a descender unos metros extremando la precaución, para intentar continuar entre las rocas, y al comprobar que por allí el paso también presentaba dificultades extremas, opté por sentarme a almorzar y emprender el regreso; no sin antes dar gracias a la montaña por ser generosa conmigo y permitirme salir indemne de ella.


lunes, 1 de abril de 2013

EL NOVIO DE LA MUERTE


El pasado jueves estuve presente en los actos de la procesión del Cristo de la Buena Muerte en Málaga. No se trata de una estación de penitencia, como las llaman allí, al uso, sino que cuenta con un detalle singular: la presencia de La Legión.

La Legión no es un cuerpo militar más, ya que su historia esta jalonada por actos heroicos en el combate y su espíritu de sacrificio muy superior al de la generalidad de las unidades militares; lo que la ha llevado a desempeñar siempre las misiones más duras y peligrosas.

De cara a la población civil, se caracteriza por ese aire descuidado en la uniformidad, con el pecho descubierto, los tatuajes, las luengas barbas y la camisa arremangada; así como la vistosidad de sus desfiles, con un ritmo de 160 pasos por minuto (el resto de las unidades desfilan a 124) y la interpretación de su canción más carismática, El novio de la muerte, mucho más conocida que el propio himno de la unidad, la Canción del legionario. Curiosamente aquélla nació como un cuple, que fue estrenado en el teatro Vital Aza de Málaga en 1921. El fundador de La Legión, D. José Millán Astray y Terreros escuchó la canción e hizo que se adaptara la partitura a una marcha.

Las unidades militares siempre se han caracterizado por tener himnos que al ser cantados refuerzan en valor de las tropas. Se dice que cuando se entra en el combate cantando el miedo se disipa. La fuerza emotiva de los himnos va en consonancia con el riesgo que suele afrontar cada unidad: a más peligro, canciones más cargadas de simbolismo.

La primera vez que escuché una composición interpretada por fuerzas militares que me impactó poderosamente se remonta a un cuarto de siglo atrás, en el acuartelamiento de la Brigada Paracaidista en Alcalá de Henares y se trataba de la Oración paracaidista. Aquellos versos se me quedaron grabados en la memoria: Porque queremos ser el mejor soldado de la patria; porque tenemos sentido del riesgo, cara a la muerte. Porque nos sacude el alma, ante un abismo abierto, con su ingrata incertidumbre… 

La fuerza, disciplina y perfección de los actos castrenses de los paracaidistas no tienen nada que envidiar a los de los legionarios, no en vano la Brigada Paracaidista salió del seno de La Legión en 1953 y se pueden comparar en sacrificio, actos heroicos y dureza del entrenamiento (ahora lo desconozco, pero en aquellos tiempos raro era el año que no fallecía algún caballero legionario paracaidista a consecuencia de un salto en paracaídas).

A lo largo de los años, he asistido a muchos actos de otras unidades militares que me han gustado de forma desigual, con sus desfiles e himnos incluidos, pero ni punto de comparación con aquellos actos de los paracaidistas y el que ahora he presenciado de los legionarios.

La relación de La Legión con la procesión del Cristo de la Buena Muerte se remonta a 1927, cuando hicieron la primera guardia al Cristo, participando por primera vez en la procesión en 1930. Esa vinculación se reforzó aún más en la década de 1960, cuando quedo instaurada la costumbre de que en los acuartelamientos de todos los tercios de La Legión exista una imagen del Cristo, que es considerado el patrón de los legionarios. En los últimos años la participación de los legionarios en los desfiles procesionales se ha extendido hasta tal punto que son compañías enteras de los distintos tercios las que acuden a varias localidades, incluso desfilando varios días seguidos.

Es de reseñar que en todos los actos del Jueves Santo de Málaga, la devoción cristiana queda en gran medida eclipsada por la marcialidad de los legionarios; desde la perfecta formación que se acercaba al puerto sobre la cubierta de Contramaestre Casado, pasando por el descenso a paso ligero por la pasarela, el desfile por las calles de la ciudad hasta la iglesia de Santo Domingo y el acto del traslado del Cristo desde la iglesia hasta colocarlo sobre su trono en la sede de la cofradía. Durante ese traslado se produce la famosa escena de la cruz portada en alto por los brazos extendidos de los legionarios mientras cantan El novio de la muerte. Pero en este acto el público está demasiado lejos para poder apreciar los gestos, el movimiento de las gargantas, la mirada al cielo de los legionarios, ya que sólo unos privilegiados pueden estar cerca de la escena y los demás nos tenemos que conformar con verla a varios metros de distancia.

Los legionarios interpretando El Novio de la muerte durante la procesión.

La grandeza de la interpretación de El novio de la muerte viene durante la procesión que se inicia al anochecer. Aquí el público puede disfrutar del paso de los legionarios a centímetros de distancia y sentir como se erizan los vellos escuchando: Por ir a tu lado a verte, mi más leal compañera, me hice novio de la muerte, la estreché con lazo fuerte y su amor fue mi bandera. Al terminar la interpretación, casi todo el público, yo incluido, rompimos en un sonoro aplauso mientras los legionarios permanecían inmóviles en su posición con el arma al hombro; lo que no impidió que uno de los que estaban frente a mi tragara saliva, solo permitiendo que ese movimiento de la nuez delatara su emoción. Ese instante fue el más grandioso de toda la jornada: unos legionarios que conmueven al público, que muestra su agradecimiento en un intenso aplauso, que es recibido por los legionarios con emoción.

Otra circunstancia que me llamó poderosamente la atención es el contraste entre la marcialidad, disciplina e inmovilidad de los legionarios en comparación con la actitud de algunos cofrades, que durante las paradas hablaban entre ellos y con el público, acercándose unos a otros, rompiendo la formación; cuando a escasos metros de distancia, los legionarios permanecían perfectamente formados, con la cabeza alta, hieráticos, sin mover un músculo. Hay que estar a lo que se está.


domingo, 3 de marzo de 2013

TECHOS DE ESPAÑA QUE HE CORONADO


A continuación voy a relacionar todos los techos de España que he coronado en mi carrera montañera.

De todos ellos guardo un grato recuerdo, ya sea por el paisaje, por la extrema pendiente de la ascensión, por la niebla, por el calor, por el frío, por el viento, por la nieve, por el hielo, por las grandes piedras...

Cada montaña es única, pero las sensaciones que produce afrontar su ascenso es similar en todos los casos: el nerviosismo de la noche antes, el normalmente largo viaje hasta llegar a su emplazamiento, la agotadora ascensión, la sensación de plenitud al llegar a la cima, una breve alimentación e hidratación, diez minutos para observar el paisaje y el descenso (a veces no exento de dificultad).

Todas las ascensiones, excepto las del Teide, Moncayo, Mustallar, Aitana, Riscos del Amor, Chullo, Aitxuri, Gorbea, Monte Caro, Puig Major, Tentudía y Bonales, las he realizado en solitario, aunque en la subida o bajada de algunas cimas me he cruzado con otras personas. En los casos del Peñalara y del Rocigalgo, los ascendí la primera vez en solitario, pero he regresado acompañado.

TECHOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA LA MANCHA (todos):


- Pico del Lobo (2 272 m), techo de la provincia de Guadalajara y de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.
 
- Las Cabras (2 086 m), techo de la provincia de Albacete.

- Mogorrita (1 864 m), techo de la provinca de Cuenca.

- Cerro del Rocigalgo (1 443,5 m), techo de mi provincia natal (Toledo), al que he subido tres veces. Existe otro monte llamado Risco de Alanillas Altas (o Las Llanillas) que según el Instituto Geográfico Nacional mide 1 443,4 m, al que, por si acaso, también he subido.



Rocigalgo

- Riscos del Amor (1 344 m), techo de la provincia de Ciudad Real.

TECHOS DE LAS PROVINCIAS LIMÍTROFES A CASTILLA LA MANCHA (todos):

- Mulhacén (3 478 m) techo de la provincia de Granada, de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de la Península Ibérica.

- Almanzor (2 592 m), techo de la antigua Castilla y de la provincia de Ávila.

- Peñalara (2 428 m), techo de mi Castilla La Nueva natal, ahora lo es de la provincia y Comunidad Autónoma de Madrid y de la provincia de Segovia. Lo he subido dos veces.

- El Torreón (2 399,5 m), techo de la provincia de Cáceres y de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

- Moncayo (2.313 m), techo de las provincias de Zaragoza y Soria.

- Mágina (2 164 m), techo de la provincia de Jaén.

- Peñarroya (2 018,1 m), techo de la provincia de Teruel (el pilar del vértice geodésico está a 2 027,9 m, sobre una torre de 9,80 m). Tradicionalmente se consideraba al Javalambre como el más alto de la provincia, pero mide unos 40 cm menos (yo, por si acaso, también lo he visitado).

- Obispo (2 014 m.), techo de la provincia y Comunidad Autónoma de Murcia.

- Alto de Las Barracas o Calderón (1 836 m) techo de la Comunidad Autónoma Valenciana y de la provincia de Valencia.

- La Tiñosa (1 570 m), techo de la provincia de Córdoba.

- Aitana (1 557 m), techo de la provincia de Alicante.


- Tentudía (1.105 m.), techo de la provincia de Badajoz, cuya cima he visitado dos veces.


OTROS TECHOS PROVINCIALES:
- El Teide (3 718 m), TECHO DE ESPAÑA, de la Comunidad Autónoma de Canarias y de la provincia de Tenerife.


Teide

- Chullo (2 610 m), techo de la provincia de Almería.

- Costa Cabirolera (2 603 m), techo de la provincia de Barcelona.

- Canchal de la Ceja (2 430 m), techo de la provincia de Salamanca.

- San Lorenzo (2 271 m) techo de la provincia y Comunidad Autónoma de La Rioja.


- San Millán (2 131 m), techo de la provincia de Burgos. 
 
- Peña Trevinca (2 127 m) techo de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las provincias de Orense y Zamora.

- La Maroma, o Tejeda (2 067 m), techo de la provincia de Málaga. El techo está marcado con dos montones de piedras y situado unos metros al este del vértice geodésico, situado en la provincia de Granada.

- Mustallar (1 935 m), techo de la provincia de Lugo. Esta ascensión fue muy especial, ya que la realicé precisamente el día en el que se cumplía el segundo aniversario del único intento frustrado que he tenido de conquistar un techo de España.


Mustallar

- Peñagolosa (1 813 m) techo de la provincia de Castellón. En la cumbre hay una inscripción que dice que también lo es del área lingüística valenciana, pero lo que no dice es que no es el más monte más alto de la Comunidad Autónoma Valenciana, ya que es el Calderón (1 836 m), techo de Valencia, situado en el Rincón de Ademuz (enclave dentro de la provincia de Teruel).

- Pinar, o Torreón (1 654 m), techo de la provincia de Cádiz. Situado en la sierra de Grazalema, el punto con mayor índice de pluviosidad de España.

- Aitxuri (1 551 m), techo de la provincia de Guipúzcoa y de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Hasta hace pocos años, se consideraba máxima cima al monte Aketegui (1 549 m), al que también he ascendido, por si acaso. 

- Gorbea (1 482 m), techo de las provincias de Álava y Vizcaya.


- Monte Caro (1 442 m), techo de la provincia de Tarragona. En la página del Instituto Geográfico Nacional aparece con una altura de 1 442 m, pero en la cima hay una placa que le atribuye 1 447 m.
 

- Puig Major (1 436 m), techo de la provincia y de la comunidad autónoma de Baleares. Esta montaña alcanzaba originariamente los 1 445 m, pero en 1958 el ejército americano acondicionó una plataforma en la cima para instalar un radar, lo que redujo su altura en unos 9 m. Actualmente esas instalaciones son gestionadas por el ejército español.

- O Faro (1 180 m), techo de la provincia de Pontevedra.

- Terril (1 128 m), techo de la provincia de Sevilla.

- Cumbre de los Bonales (1 055 m), techo de la provincia de Huelva.

- Robledaña y Cuchillejos, los dos con 931 m, situados a un kilómetro de distancia sobre una amplia meseta, que constituye el techo de la provincia de Valladolid.

- Pilar (802,5 m), techo de la provincia de La Coruña. El monte Campelo, situado en el límite entre las provincias de La Coruña y Lugo, mide 799,9 m, aunque su vértice geodésico está situado sobre una base de 3,5 m. de altura, lo que puede inducir a error sobre cual es el más alto de la provincia, pero el monte Pilar lo supera en 2,6 m.


viernes, 1 de febrero de 2013

PROPIEDAD DE LOS TESOROS

   Después de mi última excursión me ha surgido la inquietud de investigar un poco respecto al descubrimiento de tesoros en el territorio patrio. ¿De quién son? ¿Tiene derecho el descubridor a una parte? ¿En qué circunstancias debe ser intervenido todo el tesoro? ¿Se puede expropiar el terreno en el que ha aparecido?
Piezas pertenecientes al Tesoro de Arrabalde, expuesto en el Museo de Zamora.
   Para intentar responder a estas preguntas y alguna más, empecemos por la definición de tesoro que aparece en el artículo 352 del Código Civil: Se entiende por tesoro, para los efectos de la ley, el depósito oculto e ignorado de dinero, alhajas u otros objetos preciosos, cuya legítima pertenencia no conste.  De esta definición se deduce que los objetos que forman el tesoro deben estar escondidos, y tener un valor apreciable, sin que se pueda saber quién pudiera ser su legítimo propietario en la actualidad.
   Para saber a quién le corresponde la propiedad de ese tesoro que sale a la luz, debemos acudir al artículo anterior del Código Civil, que dice que El tesoro oculto pertenece al dueño del terreno en que se hallare.
   Sin embardo, cuando fuere hecho el descubrimiento en propiedad ajena, o del Estado, y por casualidad, la mitad se aplicará al descubridor.
   Si los efectos descubiertos fueren interesantes para las Ciencias o las Artes, podrá el Estado adquirirlos por su justo precio, que se distribuirá en conformidad a lo declarado.
   Es muy significativo que en esta legislación no se atribuye en principio ninguna propiedad al Estado, sino que la distribuye entre el propietario del terreno en el que aparezca y la persona que lo hubiera descubierto. Ahora bien, para que este descubridor reciba una parte del tesoro, debe haberlo realizado por casualidad, ya que si ha existido mala fe o una prospección ilegal, no obtendrá nada, como ya veremos más adelante.
   Esta normativa abarcaba a la totalidad de los tesoros en el siglo XIX, cuando se promulgó el Código Civil, pero esa legislación civil actualmente está modulada por otras leyes, principalmente la Ley del Patrimonio Histórico Español. Dicho texto legal, en su artículo 1.2, indica que ese Patrimonio Histórico lo integran los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico y antropológico. En este caso, el descubrimiento de todos los objetos y restos materiales como consecuencia de excavaciones, remociones de tierra u obras de cualquier índole o por azar, deberán ser comunicados por el descubridor a la Administración competente, y en ningún caso será de aplicación a tales objetos lo dispuesto en el artículo 351 del Código Civil, del que antes hablamos, es decir, los objetos encontrados no pertenecerán al dueño del terreno ni a la persona que los encontró, sino a la Administración.

   Pero la nueva legislación no priva totalmente al descubridor y al propietario del terreno de un premio por el descubrimiento, ya que la Ley del Patrimonio Histórico, en su artículo 44.3 contempla que El descubridor y el propietario del lugar en que hubiere sido encontrado el objeto tienen derecho, en concepto de premio en metálico, a la mitad del valor que en tasación legal se le atribuya, que se distribuirá entre ellos por partes iguales. Si fuesen dos o más los descubridores o los propietarios se mantendrá igual proporción; por lo que si se descubre el objeto en terreno de propiedad privada, a la Administración le corresponde la propiedad del hallazgo, debiendo entregar en metálico una cuarta parte de su valor al propietario del terreno y otra cuarta parte al descubridor (si el descubridor fuera el propietario, recibiría la mitad de la valoración).
   En el caso de un hallazgo inicial que en excavaciones posteriores lleve al descubrimiento de otros bienes, el premio en metálico debe abarcar a todo el conjunto que no comporta un enriquecimiento injusto para el descubridor, pues el premio en metálico de éste tiene por causa y como contrapartida el enriquecimiento del Patrimonio Histórico logrado también con su hallazgo y con la comunicación de éste, sin que su cuantía esté o deba estar condicionada o  limitada por la circunstancia de que sea la Administración cultural, como es obligado, la que asuma la dirección y los gastos personales y materiales de la consecuente intervención arqueológica. Ni es un criterio que yendo más allá de la lógica extienda la base de la tasación a un sin fin de hallazgos posteriores, pues el límite está allí donde lo hallado deje de ser parte de un conjunto unitario (sentencia del Tribunal Supremo de 24 de abril de 2012). La sentencia se dictó como consecuencia de un hallazgo, realizado por azar, que sacó a la luz restos óseos y fragmentos de cerámica en el término municipal de Alcalá de los Ganzules, lo que permitió el posterior descubrimiento de la Necrópolis del Paraje del Monte Bajo. En este caso, la Junta de Andalucía quiso ahorrarse unos dineros, limitando su valoración al hallazgo inicial; pero el Alto Tribunal puso a cada uno en su sitio, ya que sentenció que el premio en metálico al descubridor debería referirse a la Necrópolis, tanto sus elementos muebles como inmuebles, porque dicha tesis no comporta un enriquecimiento injusto para el descubridor, pues el premio de éste tiene por causa y como contrapartida el enriquecimiento del Patrimonio Histórico logrado también con el hallazgo y con su comunicación de éste. 

   Ahora bien, al descubridor y, su caso, al propietario que incumplan con su obligación de comunicar su descubrimiento se les privará del derecho al premio indicado y los objetos quedarán de modo inmediato a disposición de la Administración competente, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar y las sanciones que procedan.
   De todo lo anterior se deduce que para que sea de aplicación lo dispuesto en el Código Civil y el descubridor y el propietario del terreno se repartan la totalidad del tesoro, éste no debe afectar a bienes que integren el Patrimonio Histórico Español, es decir, prácticamente se limitará a dinero en circulación o joyas u obras de arte de factoría reciente. En caso contrario los bienes pasarán a ser propiedad de la Administración, que deberá abonar la mitad del valor del hallazgo, siendo repartida a partes iguales esa mitad entre el propietario y el descubridor.
   Otro factor importante, de aplicación tanto en el caso de tesoros que formen parte del Patrimonio Histórico como en el que no sea así,  es que para que se genere el derecho del descubridor a percibir su parte es que el hallazgo sea causal  o que la búsqueda haya sido autorizada por la Administración (en el primer caso) o del propietario del terreno (en el segundo), ya que si se tratara de una búsqueda no autorizada no procedería ninguna gratificación. Así el Tribunal Supremo, en sentencia del 10 de abril de 1991 señala que El Código Civil exige, para el caso de que el descubrimiento tuviera lugar en propiedad ajena o del Estado que sea "por casualidad" (art. 351); en segundo lugar, el art. 10 de la Ley de 7 de julio de 1911, prevé que quienes realicen excavaciones sin la autorización correspondiente están sujetos a "responsabilidad, indemnización y pérdida de las antigüedades descubiertas" y, por último y en el mismo sentido, el art. 39 de la citada Ley de 1933, tras prohibir las excavaciones a los particulares que no hayan obtenido permiso, establece que "las excavaciones hechas por particulares sin el permiso debido se declaran fraudulentas, decomisándose los objetos que en ellas se hubieren hallado". 

   Una de las pruebas más evidentes de la intencionalidad de la búsqueda es el empleo de detectores de metales, tal como recoge la misma sentencia, el descubrimiento se ha producido en propiedad ajena al reclamante, y no "casualmente" sino por personas que buscaban restos arqueológicos previstos de detectores de metales en una zona que, si bien no había recibido declaración de yacimientos arqueológicos, era bien conocida por la existencia de restos de esa índole.
   En España todos los terrenos tienen un propietario, bien sea una persona física, jurídica o una Administración pública y cualquier objeto que aparezca en esos terrenos tiene un dueño. No debemos olvidar que el que con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, si la cuantía de lo sustraído excede de 400 euros (art. 234 del Código Penal) y que la pena será de uno a tres años de prisión cuando se sustraigan cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico (art. 235 del mismo texto legal).  También hay que recordar que en nuestro pais, las penas de prisión que no superan los dos años de prisión se pueden sustituir por multa o trabajos en beneficios de la comunidad a los reos no habituales, pero si supera dicho límite, se deberá cumplir en un establecimiento penitenciario.
   Por último, quiero hacer alusión a la posibilidad de expropiación de los bienes, muebles o inmuebles, de valor artístico, histórico o arqueológico, que se llevará a cabo con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Expropiación Forzosa. El procedimiento se regula en los artículos 76 y siguientes de dicha norma, con el abono de la indemnización correspondiente. Concretamente, el artículo 78 dice que El justo precio de los bienes se determinará mediante tasación pericial por una Comisión compuesta por tres académicos, designados, uno por la Mesa del Instituto de España, otro por el Ministerio de Educación Nacional y el tercero por el propietario del bien afectado. La designación podrá recaer en académico de las Academias de Distrito, presidiendo el primero de los indicados y decidiendo los empates con voto de calidad. Señalar que la alusión al Ministerio de Educación Nacional se refiere actualmente a la Consejería de Cultura de la Comunidad Autónoma correspondiente y la de la Mesa del Instituto de España a la institución autonómica dependiente de dicha Consejería encargada de la gestión del Patrimonio Histórico. Salta a la vista que en último término quien tiene el poder de decidir son los peritos nombrados por los órganos de la Administración; pero el propietario siempre se podrá acudir a los tribunales de justicia si considera que dicha tasación no se ajusta a la realidad. 

martes, 1 de enero de 2013

BEBER VINO ES CULTURA


El día 28 de noviembre de 2011 el Congreso de los Diputados aprobaba por unanimidad una declaración en apoyo a la candidatura para que la cultura del vino fuera declarada Patrimonio Inmaterial de la Humanidad por la UNESCO. Entre las consideraciones que han llevado a tal propuesta figura la de que han constatado que el vino se encuentra presente en nuestra historia, nuestras artes y nuestra cultura alimentaria.

Está claro que el vino figura unido a la existencia del género humano desde hace milenios y que su consumo moderado es muy recomendable; pero de ahí a considerarlo una manifestación cultural hay un mundo. Bien es verdad que tomado en exceso inspira la creación artística, pero también lo hace el LSD y a nadie se le ha ocurrido elevarlo a los museos.

En relación a lo anterior, alguien me podría objetar que el término viticultura se define como el arte de cultivar las vides; pero yo entiendo que en esta ocasión el término arte viene relacionado con su  acepción de disposición y habilidad para hacer una cosa; y aquí puede darse otra objeción; porque resulta que el ser humano ha demostrado a lo largo de la historia disposición y habilidad para hacer muchas cosas, pero no todas son admirables y dignas de premio (baste citar como ejemplos negativos los instrumentos de tortura, la fabricación de bombas atómicas, etc.).


Yo creo que nuestros parlamentarios no han profundizado en las consecuencias que tendría tal declaración por parte de la UNESCO, organización que por otra parte viene sirviendo más bien para poco, como todas las dependientes de la ONU, esa entidad internacional que se ha dotado de un Consejo de Seguridad encargado de mantener la paz y seguridad entre todas las naciones, llegando incluso a la intervención armada en caso necesario;  pero siempre que nos centremos en el concepto de paz y seguridad tal como lo entienden cinco de esas naciones, que tienen derecho de veto cuando alguna decisión no les satisface.

Vamos a suponer por un momento que se acuerda la declaración de esa llamada cultura del vino como Patrimonio Inmaterial de la Humanidad; lo que de inmediato debería acompañarse de varias consecuencias sobra la forma de vida y la legislación que regula nuestra convivencia:

- Se debería permitir el consumo de vino a los niños, porque está claro que un estado social democrático de derecho debe remover todos los obstáculos que impidan el acceso a la cultura desde la más tierna infancia.

- En el mismo sentido de lo anterior, el 18 de mayo, Día Internacional de los Museos, la compra de vino en los supermercados y su consumo en los bares debería ser gratuito, como lo es la entrada a todos los espacios culturales.

- El Código Penal debería ser modificado, para excluir el consumo de vino del tipo penal de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas; porque es un contrasentido considerar delictivo el consumo de cultura (lo que sólo se hace en las dictaduras). En relación a lo anterior, los taberneros deberían expedir un certificado a los consumidores/conductores cuando hubieran bebido exclusivamente vino, para que las fuerzas y cuerpos de seguridad, a la vista de dicho certificado, no les sometieran a estos conductores a controles preventivos de alcoholemia.

- Se debería crear una comisión parlamentaria para buscar al mayor bebedor de vino de España, para proponerlo a algún premio Nobel, en reconocimiento a su meritorio consumo de cultura. Realmente este premio sería más justo que algunos de los que se han otorgado hasta ahora, como el de Literatura a un primer ministro por un libro de memorias infumable o el de la Paz al presidente de uno de los países más belicistas del mundo.

Yo les diría a nuestros diputados que si quieren proponer declaraciones a la UNESCO, lo hagan, por ejemplo, con el Puente de Alcántara o el Acueducto de la Peña Cortada; por tratarse de unas de las mayores maravillas que nos legó el Imperio Romano, y cuyo disfrute, al contrario que el de vino, no nubla nunca los sentidos ni conduce a riesgos de coma etílico; ya que únicamente pudiera producir el síndrome de Stendhal por exceso de belleza, pero sólo en los casos de personas extremadamente sensibles.

Y por lo que se refiere al vino, si la razón de esta propuesta es intentar estimular el crecimiento de sector vitivinícola; la mejor medida es bajar el precio de las botellas; ya que con la excusa de las denominaciones de origen y unas etiquetas elegantes, en muchas ocasiones se multiplican exponencialmente los precios razonables de estos caldos, con lo que conducen a la generalidad de consumidores a limitar al máximo la compra de estos vinos, decantándose por la compra de envases de cartón o en botellas de varios litros, que no tendrán tanta calidad; pero, dicho sea de paso, emborrachan igual y además, combinan muy bien con la gaseosa.