jueves, 1 de agosto de 2013

USURA



El  principio de la conservación de la energía dice que La energía ni se crea ni se destruye solo se transforma. Esa es una verdad impuesta por las leyes de la naturaleza y por tanto, es inmutable; pero en los últimos años se ha impuesto un nuevo principio simular a Éste que dice que El dinero ni se crea ni se destruye solo cambia de manos.  En este caso el principio no lo impone la naturaleza, sino los mercados. ¿Y quién son los mercados?. No se sabe muy bien, pero lo único cierto es que los dirigen fuerzas ocultas que disponen que cuanto más se arruinan algunos, otros crecen su fortuna en proporción geométrica, lo que se ha acentuado en estos tiempos de crisis.

Un primer ejemplo de ese enriquecimiento injusto lo tenemos con la usura.  El diccionario en una de sus acepciones define usura como el interés excesivo en un préstamo. ¿Y qué interés es excesivo?. La respuesta la tenemos en la ley de represión de la usura, promulgada el 23 de julio de 1908,  que en su artículo 1 dice que Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.

No se nos escapa la plena vigencia en estos tiempos de esta norma, porque nuestros legisladores no han sido capaces de dictar otra mejor en más de 100 años y por su forma abierta que puede permanecer a lo largo del tiempo. ¿Qué interés es notablemente superior al normal del dinero?. No hace falta ser un Séneca para poder afirmar que esos intereses que nos ofrencen empresas de préstamos rápidos, con tipos que superan el 20% se ajustan bien a esta definición, pero es que los préstamos personales que ofrecen las entidades bancarias, con tipos de interés cercanos al 10%, no son muy apropiados, si tenemos en cuenta que el precio del dinero fijado por el Banco Central Europeo ronda el 0,5%.

Según el diccionario, también se puede considerar usura, la ganancia, fruto, utilidad o aumento que se saca de una cosa, especialmente cuando se puede considerar excesivo. Esta definición encaja perfectamente con los negocios de compro oro que han proliferado en los últimos años.  Actualmente un gramo de oro de 24 kilates cotiza a más de 32 €. Pues bien, ese gramo de oro, con las mejores ofertas que figuran en Internet lo podríamos vender a 26 €; lo que supone más de 6 € de beneficio para el comprador por cada gramo. (en una esclava que pesara 20 gr el beneficio sería de 120 €, cifra que yo no gano todos los días) Pero tampoco debemos olvidar aquí parte de la definición que citamos anteriormente, cuando consideraba leonino el préstamo que ha sido aceptado a causa de la situación angustiosa del prestatario. ¿Alguien puede dudar que si una familia se desprende la esclava del bautizo o la cadena de la primera comunión de sus hijos es debido casi siempre a una situación límite?

Oro nativo en el Museo Geominero de España, a salvo de los negocios usureros.

La crisis económica que sobrevino tras la disolución de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas llevó a muchas familias a la ruina y a unos pocos a hacerse multimillonarios, hasta tal punto que alguno llegó a comprar equipos de fútbol punteros a nivel europeo. Seguramente en España se esté dando ahora una situación similar, en la que algunos saldrán muy enriquecidos a costa de la miseria de los demás: A río revuelto, ganancia de pescadores.